domingo, 22 de marzo de 2009

Denuncia a la F. G. del E

Fiscalía General del Estado


c/ Fortuna nº 4 de Madrid

D. JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ, mayor de edad, provisto de D.N.I. número 08.103.299-P y domicilio en 08001-Barcelona, C/ Hospital 104-108, 4º 1ª.

Ante esta fiscalía comparece y mediante el presente escrito pasan a poner en conocimiento de la misma los hechos que se exponen y que al entender de esta parte pueden ser constitutivos de delito, a fin y efecto de que una vez examinado el escrito se inicien, si es oportuno, las averiguaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos.

HECHOS Y ACCIONES EFECTUADAS POR:

  1. .- D. JOSEP MARIA DE TORRES I SANAHUJA, amb DNI 46.106.793-G que va actuar en representació de la Junta de Compensacions de la Unitat d’Actuació de l’Illa Sadurní i seu entorn del PERI del Raval de Barcelona. Y en la actualitat es Gerent de l’Institut Municipal d’Urbanisme de Barcelona.
  2. - Dª. ROSA FORNAS PRAT, amb D.N.I. número 37.263.417-J; havent actuat com mandatari verbal, segons manifesta de la Junta de Compensació de la Unitat d’Actuació del Sector II de l’Illa del carrer Sadurní i el seu entorn del PERI del Raval de Barcelona. Y va ha ocupar la Direcció d’Operacions Público-privades de FOCIVESA.
  3. - D. CARLES MARTÍ I JUFRESA, que va ha actuar en qualitat de vice-president primer de Foment de Ciutat Vella, y ahora ocupa el cargo de primer Teniente alcalde de Barcelona .
  4. – Dª MAGDA TRABAL OGAZON, letrada del Consistorio y actuante en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE BARCELONA.
  5. – D. EDUARDO PARICIO RALLO, Magistrado Juez del Juzgado Contencioso-Administrativo 12 de Barcelona.
  6. – Dª MARÍA ASUNCIÓN SOL ORDIS, Secretaria del Juzgado Contencioso-Administrativo 12 de Barcelona.
  7. – Dª M. Camino Suarez Garcia, Secretaria Delegada del Institut Municipal d’Urbanisme de l’Ayuntamente de Barcelona.
  8. – ESTHER CANOVAS ARTIGAS, Presidenta de l’Il·lustre Col·legi d’Advocats de Barcelona.
  9. – ANNA MARIA PIBERNAT BARTES, Secretaria de la Junta de Gobierno del Col·legi d’Advocats de Barcelona.

Funda la presente, después de presentar denuncia en la oficina contra el mobbing, en el O.M.I.C. n. 20.593, en fechas 2-02-2004 y en el 5-04-2006, sin tener respuesta, y ante la negativa de la oficina actual situada en los locales de FOCIVESA. Y ante el ARCHIVO nº: 351/09 de la Fiscalía Provincial, de esta denuncia, por el Fiscal Adjunto F.R.R.. (Documento A). Se fundamenta en base a los siguientes:

H E C H O S

Conexión con el caso PRETORIA.

Como ya le expuse me siento pisoteado, vilipendiado, etc, por un Abuso de Poder, Demencial (sintiéndome reflejado en las encarceladas Chinas en hospitales Siquiátricos, por reivindicar sus derechos), suerte que Pilar Rahola dijo bien alto en tv3: “que todos los casos de Corrupción destapados en Cataluña, los estaban investigando Jueces y Fiscales de fuera de Cataluña, menos mal que no somos independientes, ....”; pues todas las denuncias puestas por mi en Cataluña, son archivadas automáticamente.

También ha influido, la Omisión del deber, deslealtad, y traición de la “supuesta” defensa Letrada, denunciado en el ICAB, también Archivada; Denuncio que: mi propia defensa Letrada, me oculta pruebas (indefensión), favoreciendo a la parte contraria, que consuma la expropiación fraudulenta del local de mi negocio. Estos últimos abogados, el gabinete PIBERNAT ADVOCATS, La titular denunciada en el ICAB: Anna Maria Pibernat Bartés, Secretaria de la Junta de Gobierno del ICAB, (Publicado en http://www.togas.biz/articulos/Institucional/Colegios-y-Entidades-Profesionales/Entrevista-a-Anna-M--Pibernat--Secretaria-de-la-Junta-de-Gobierno-del-Col-legi-d--Advocats-de-Barcelona-----Trabajamos-para-integrar-el-Col-legi-en-la-sociedad-civil-----Redaccion-Togas.html), con la dirección del despacho: calle Irlanda, 129, 1ª; expropiado por quien ahora están en prisión, caso PRETORIA, en Sta. Coloma Gramenet 08923. ¿Obtuvieron trato de favor en las negociaciones de la expropiación, por no defender mi caso? (http://diariodelostrabajadores.over-blog.es/article-30105893.html)

Revisando una y otra vez los documentos creo que los Jueces, pueden presuntamente haber hecho prevaricación:

1 – D. EDUARDO PARCIO RALLO, Magistrado Juez del Juzgado Contencioso-Administrativo 12 de Barcelona. Y Dª. MARÍA ASUNCIÓN SOL ORDIS, Secretaria del Juzgado Contencio-Administrativo12 de Barcelona.

Se denuncia lo que para esta parte es una continuación abusiva, tanto de engaños, como del uso fraudulento de los Tribunales para conseguir un desalojo irregular del local Bajo 1ª, sobre el cual nunca se da orden, ni corresponde la valoración de la parte contraria que se hizo sobre otro local 50 % mas pequeño, que el mío, del que me expulsan con Abuso de Autoridad, y carga policial.

- La autorización era para un local ajeno al denunciante, yo mismo.

- La modificación de la interlocutoria vulneró la norma legal, ya que la misma debió instarse por nuevo procedimiento de solicitud, al ser un local diferente, de dimensiones muy inferiores, en mas de la mitad, con estructura diferente, sin apenas patio, (mi local tenia un patio interior arbolado, con limoneros, Aguacates, melocotoneros, galán de noche, estanque con peces, tortugas, etc)

Adjunto Documentos 1 y 2.

A Los Jueces del TSJC, Los Ilustrísimos Magistrados D, JOSÉ JUANOLA SOLER, D. FRANCISCO LOPEZ VAQUEZ, Y D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ, Ante la omisión del deber, deslealtad, y traición ejercidos por mi “supuesta” Defensa Letrada, ocultando pruebas, y dejando intencionadamente transcurrir los plazos, sin actuar y ocultándomelo (indefensión), favoreciendo a la parte contraría, que consuma la expropiación fraudulenta. El no entregar ningún documento, videos, fotos, etc, que tenían míos, al TSJC, les hace cometer al dictar Sentencia 818 (R.nº 1215/03), el error de atribuirme como Letrado, al anterior D. Eduardo Moreno Ibáñez. D - 3

En la sentencia se tienen que haber dado cuenta del reiterado error cometido por el Ayuntamiento, pues al mencionar el local y poner la dirección no califican, cual es de los dos Bajos, sobre el que se esta actuando, pues los representantes del Ayuntamiento me vuelven a asignar el local mitad que el mío, en la entrada que hacen a este Tribunal en enero de 2006, volviéndome asignar (el Bajo 2) D –4, el corregido incorrectamente, como he comentado anteriormente (D – 2). Toda la sentencia se basa en las actuaciones que hizo el Ayuntamiento sobre otro local que no era el mío, sin que los letrados me defendieran, ni reflejen en los escritos como denuncia, este defecto de forma, realizado desde la primera notificación del 26 de septiembre de 2001, aunque mis abogados me quieren hacer creer que no tiene importancia, yo lo hago servir para evitar y retrasar el primer intento de toma de posesión de mi local (autorización para el 5-2-04), (D – 2), admitiendo como error tipográfico el defecto de forma, sin permitirme la comparecencia. De lo único que tenia constancia en esa fecha, y hasta enero del 2003, de documento publico, es el firmado por el Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Barcelona era: Certificado del Plan Especial de Reforma Interior del Raval, aprobado definitivamente el 18 de Abril de 1989, el cual además de afirmar que la finca NO esta afectada, la incluye y califica como: Casco Antiguo de Conservación. D – 5, el 29 de Marzo del 2001 entro escrito en el Sindic de Greuges de Carañuña, ante el silencio Administrativo .

En esta sentencia 818 (R.nº 1215/03), mencionan el recurso que entro, donde reconozco que todas las cartas que me llegan, las llevaba a consultar con Abogados, cuando pongo este recurso estoy aturdido (entrándome constantemente a robar, por estas fechas me comentan que en el Turo han matado a otro comerciante que querían expropiar, que le pasaba lo mismo que a mi, y que se quedo a dormir en el local para que no le robasen, y le mataron, D-6) y no me percato que hasta Diciembre de 2002 me seguían llegando cartas de PROCIVESA, a la dirección correcta, D-7, con lo cual, si la notificación que me tenían que haber enviado el 26 de septiembre de 2001 y sucesivas, venían a dirección errónea como pude comprobar después, D – 8, ¿este echo no implicaría un engaño intencionado, y una negación de comunicación? También implicaría que la empresa FOCIVESA, y el Ayuntamiento de Barcelona, actúan como una sola persona, coincidiendo en los dos estamentos, el mismo error de actuar sobre otro local diferente que el mío, al mismo tiempo que los que vienen con la dirección correcta, vienen con el sello de PROCIVESA.

Una conocida me comentaba: Pero, si les hubiese sido mas ventajoso darte lo que te correspondía que corromper a tanta gente.

La conteste, no he sido yo solo, hemos sido miles a los que nos han matado sicológicamente, volveré a exponer solo uno de los muchos casos, y del cual hay dos testigos mas: el sacar de sus pisos a las 5 de la madrugada, a las personas indefensas, sin familia a punta de pistola, con la cual apuntaron a una vecina para que se volviese a meter en su casa.

FOCIVESA, sustituyo a PROCIVESA, por las investigaciones efectuadas, (en el barrio corría el rumor, que se habían pillado al gerente Sr. Ballesteros, añadiendo un cero mas, al contrato firmado por las victimas de la Expropiación, el cual solía ser, la ínfima cantidad de 4.808 €, por perder la propiedad del piso), volviendo a contratar a la mayoría de los trabajadores, también han tenido y siguen teniendo que comprar silencios, como constituir en cooperativas de Construcción a Asociaciones de Vecinos, sindicatos, etc, los beneficios daban para mucho, D – 9.

Casualmente el otro día comprendí, por que los abogados tienen como una especie de tapete forrado de cuero para que firmes documentos, puesto que los documentos firmados sobre este recogedor de firmas, ejerce una función de calco por presión, con el único inconveniente de llenar con tinta los surcos copiados.

¿Qué puede reclamar un pobre y simple inocente, contra toda una maquinaria de robo institucionalizado, tan antigua, como la profesión mas antigua del mundo, con el único objetivo de recuperar su dignidad?

Mas de una vez he pensado en que me intentaran quitar de este mundo, he creado un blog para transportar mejor los documentos, a los Abogados interesados en llevarme el caso: http://mobbing-inmobiliario.blogspot.com

Casualmente los flamantes y nuevos locales de FOCIVESA, en C/ Pintor Fortuny, 17 – 19; 08001 Barcelona. Están en obras aproximada mente una semana después de estallar el caso PRETORIA, y coincidiendo con las investigaciones que se estaban realizando en Barcelona (¿en unas obras se tira mucha mierda?)


Sin quererle hacer perder mas el tiempo, exponiéndole los hechos de toda una vida que me han llevado a perder la fe en la Justicia, y sin comentar los graves hechos de los que no tengo pruebas, (como la amenaza por parte del Gerente de FOCIVESA, por si acudía a la prensa), ......

Gracias.

26 de noviembre de 2009