







Desde el Raval, Ciutat Vella, Barcelona, España.
Fiscalía General del Estado
D. JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ, mayor de edad, provisto de D.N.I. número 08.103.299-P y domicilio en 08001-Barcelona, C/ Hospital 104-108, 4º 1ª.
Ante esta fiscalía comparece y mediante el presente escrito pasan a poner en conocimiento de la misma los hechos que se exponen y que al entender de esta parte pueden ser constitutivos de delito, a fin y efecto de que una vez examinado el escrito se inicien, si es oportuno, las averiguaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
HECHOS Y ACCIONES EFECTUADAS POR:
Funda la presente, después de presentar denuncia en la oficina contra el mobbing, en el O.M.I.C. n. 20.593, en fechas 2-02-2004 y en el 5-04-2006, sin tener respuesta, y ante la negativa de la oficina actual situada en los locales de FOCIVESA. Y ante el ARCHIVO nº: 351/09 de la Fiscalía Provincial, de esta denuncia, por el Fiscal Adjunto F.R.R.. (Documento A). Se fundamenta en base a los siguientes:
H E C H O S
Conexión con el caso PRETORIA.
Como ya le expuse me siento pisoteado, vilipendiado, etc, por un Abuso de Poder, Demencial (sintiéndome reflejado en las encarceladas Chinas en hospitales Siquiátricos, por reivindicar sus derechos), suerte que Pilar Rahola dijo bien alto en tv3: “que todos los casos de Corrupción destapados en Cataluña, los estaban investigando Jueces y Fiscales de fuera de Cataluña, menos mal que no somos independientes, ....”; pues todas las denuncias puestas por mi en Cataluña, son archivadas automáticamente.
También ha influido, la Omisión del deber, deslealtad, y traición de la “supuesta” defensa Letrada, denunciado en el ICAB, también Archivada; Denuncio que: mi propia defensa Letrada, me oculta pruebas (indefensión), favoreciendo a la parte contraria, que consuma la expropiación fraudulenta del local de mi negocio. Estos últimos abogados, el gabinete PIBERNAT ADVOCATS, La titular denunciada en el ICAB: Anna Maria Pibernat Bartés, Secretaria de la Junta de Gobierno del ICAB, (Publicado en http://www.togas.biz/articulos/Institucional/Colegios-y-Entidades-Profesionales/Entrevista-a-Anna-M--Pibernat--Secretaria-de-la-Junta-de-Gobierno-del-Col-legi-d--Advocats-de-Barcelona-----Trabajamos-para-integrar-el-Col-legi-en-la-sociedad-civil-----Redaccion-Togas.html), con la dirección del despacho: calle Irlanda, 129, 1ª; expropiado por quien ahora están en prisión, caso PRETORIA, en Sta. Coloma Gramenet 08923. ¿Obtuvieron trato de favor en las negociaciones de la expropiación, por no defender mi caso? (http://diariodelostrabajadores.over-blog.es/article-30105893.html)
Revisando una y otra vez los documentos creo que los Jueces, pueden presuntamente haber hecho prevaricación:
1 – D. EDUARDO PARCIO RALLO, Magistrado Juez del Juzgado Contencioso-Administrativo 12 de Barcelona. Y Dª. MARÍA ASUNCIÓN SOL ORDIS, Secretaria del Juzgado Contencio-Administrativo12 de Barcelona.
Se denuncia lo que para esta parte es una continuación abusiva, tanto de engaños, como del uso fraudulento de los Tribunales para conseguir un desalojo irregular del local Bajo 1ª, sobre el cual nunca se da orden, ni corresponde la valoración de la parte contraria que se hizo sobre otro local 50 % mas pequeño, que el mío, del que me expulsan con Abuso de Autoridad, y carga policial.
- La autorización era para un local ajeno al denunciante, yo mismo.
- La modificación de la interlocutoria vulneró la norma legal, ya que la misma debió instarse por nuevo procedimiento de solicitud, al ser un local diferente, de dimensiones muy inferiores, en mas de la mitad, con estructura diferente, sin apenas patio, (mi local tenia un patio interior arbolado, con limoneros, Aguacates, melocotoneros, galán de noche, estanque con peces, tortugas, etc)
Adjunto Documentos 1 y 2.
A Los Jueces del TSJC, Los Ilustrísimos Magistrados D, JOSÉ JUANOLA SOLER, D. FRANCISCO LOPEZ VAQUEZ, Y D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ, Ante la omisión del deber, deslealtad, y traición ejercidos por mi “supuesta” Defensa Letrada, ocultando pruebas, y dejando intencionadamente transcurrir los plazos, sin actuar y ocultándomelo (indefensión), favoreciendo a la parte contraría, que consuma la expropiación fraudulenta. El no entregar ningún documento, videos, fotos, etc, que tenían míos, al TSJC, les hace cometer al dictar Sentencia 818 (R.nº 1215/03), el error de atribuirme como Letrado, al anterior D. Eduardo Moreno Ibáñez. D - 3
En la sentencia se tienen que haber dado cuenta del reiterado error cometido por el Ayuntamiento, pues al mencionar el local y poner la dirección no califican, cual es de los dos Bajos, sobre el que se esta actuando, pues los representantes del Ayuntamiento me vuelven a asignar el local mitad que el mío, en la entrada que hacen a este Tribunal en enero de 2006, volviéndome asignar (el Bajo 2) D –4, el corregido incorrectamente, como he comentado anteriormente (D – 2). Toda la sentencia se basa en las actuaciones que hizo el Ayuntamiento sobre otro local que no era el mío, sin que los letrados me defendieran, ni reflejen en los escritos como denuncia, este defecto de forma, realizado desde la primera notificación del 26 de septiembre de 2001, aunque mis abogados me quieren hacer creer que no tiene importancia, yo lo hago servir para evitar y retrasar el primer intento de toma de posesión de mi local (autorización para el 5-2-04), (D – 2), admitiendo como error tipográfico el defecto de forma, sin permitirme la comparecencia. De lo único que tenia constancia en esa fecha, y hasta enero del 2003, de documento publico, es el firmado por el Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Barcelona era: Certificado del Plan Especial de Reforma Interior del Raval, aprobado definitivamente el 18 de Abril de 1989, el cual además de afirmar que la finca NO esta afectada, la incluye y califica como: Casco Antiguo de Conservación. D – 5, el 29 de Marzo del 2001 entro escrito en el Sindic de Greuges de Carañuña, ante el silencio Administrativo .
En esta sentencia 818 (R.nº 1215/03), mencionan el recurso que entro, donde reconozco que todas las cartas que me llegan, las llevaba a consultar con Abogados, cuando pongo este recurso estoy aturdido (entrándome constantemente a robar, por estas fechas me comentan que en el Turo han matado a otro comerciante que querían expropiar, que le pasaba lo mismo que a mi, y que se quedo a dormir en el local para que no le robasen, y le mataron, D-6) y no me percato que hasta Diciembre de 2002 me seguían llegando cartas de PROCIVESA, a la dirección correcta, D-7, con lo cual, si la notificación que me tenían que haber enviado el 26 de septiembre de 2001 y sucesivas, venían a dirección errónea como pude comprobar después, D – 8, ¿este echo no implicaría un engaño intencionado, y una negación de comunicación? También implicaría que la empresa FOCIVESA, y el Ayuntamiento de Barcelona, actúan como una sola persona, coincidiendo en los dos estamentos, el mismo error de actuar sobre otro local diferente que el mío, al mismo tiempo que los que vienen con la dirección correcta, vienen con el sello de PROCIVESA.
Una conocida me comentaba: Pero, si les hubiese sido mas ventajoso darte lo que te correspondía que corromper a tanta gente.
La conteste, no he sido yo solo, hemos sido miles a los que nos han matado sicológicamente, volveré a exponer solo uno de los muchos casos, y del cual hay dos testigos mas: el sacar de sus pisos a las 5 de la madrugada, a las personas indefensas, sin familia a punta de pistola, con la cual apuntaron a una vecina para que se volviese a meter en su casa.
FOCIVESA, sustituyo a PROCIVESA, por las investigaciones efectuadas, (en el barrio corría el rumor, que se habían pillado al gerente Sr. Ballesteros, añadiendo un cero mas, al contrato firmado por las victimas de la Expropiación, el cual solía ser, la ínfima cantidad de 4.808 €, por perder la propiedad del piso), volviendo a contratar a la mayoría de los trabajadores, también han tenido y siguen teniendo que comprar silencios, como constituir en cooperativas de Construcción a Asociaciones de Vecinos, sindicatos, etc, los beneficios daban para mucho, D – 9.
Casualmente el otro día comprendí, por que los abogados tienen como una especie de tapete forrado de cuero para que firmes documentos, puesto que los documentos firmados sobre este recogedor de firmas, ejerce una función de calco por presión, con el único inconveniente de llenar con tinta los surcos copiados.
¿Qué puede reclamar un pobre y simple inocente, contra toda una maquinaria de robo institucionalizado, tan antigua, como la profesión mas antigua del mundo, con el único objetivo de recuperar su dignidad?
Mas de una vez he pensado en que me intentaran quitar de este mundo, he creado un blog para transportar mejor los documentos, a los Abogados interesados en llevarme el caso: http://mobbing-inmobiliario.blogspot.com
Casualmente los flamantes y nuevos locales de FOCIVESA, en C/ Pintor Fortuny, 17 – 19; 08001 Barcelona. Están en obras aproximada mente una semana después de estallar el caso PRETORIA, y coincidiendo con las investigaciones que se estaban realizando en Barcelona (¿en unas obras se tira mucha mierda?)
Sin quererle hacer perder mas el tiempo, exponiéndole los hechos de toda una vida que me han llevado a perder la fe en la Justicia, y sin comentar los graves hechos de los que no tengo pruebas, (como la amenaza por parte del Gerente de FOCIVESA, por si acudía a la prensa), ......
Gracias.
26 de noviembre de 2009
CARRER MALLORCA, 323
08006 BARCELONA
JESUS GARCIA HERNANDEZ, amb número de DNI, 08.103.299, i direcció al carrer Hopital, 104; 4º 1ª Barcelona, davant aquest col·legi comparec i com millor procedeixi en dret,
Que mitjançant el present document interposo RECURS DE REPOSICIÓ, en temps i forma, contra:
- Resolució 28/2009, con fecha de registre de Sortida 19.10.09
S’acompanya com a document número u la referida resolució contra la que s’interposa el present recurs.
En base a les següents,
1.- PRIMER: En fecha 15 de desembre de 2008 entro denuncía en la Comisió de Deontología del Il·lustre Col·legi d’Advocats de Barcelona, escrit de queixa, per la omisió del deber, deslealtad, i traicío, de la meva “supusada” Defensa Letrada: Ocultan proves i deixan intesionadament, Transcurrir els plazos, sence actuar i ucultandomelo (indefensio); favoreciendo a la part contraria, que consuma la expropiacio Fraudelenta del local del meu negoci.
Diuen que falta de coincidencia, de un recurs firmado en 2005, amb el (RO 1215/2003).¿Quina coincidencia se han de dunar para que una nula actuacio per par de la Letrada (que favores a la parte contraria), amb las actuacions de un indefens, vistima del Abuso de Poder?.
2.- SEGON: La Letrada Sra. Anna María Pibernat Bartés, en el cargo de Ilustre Secretaria de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, puede que presuntamente se guardase bajo la manga, una carta muy valiosa, para utilizar en el mejor momento,.... Titular del despacho de la calle Irlanda 129, 1º, 08923 Santa Coloma de Gramanet, presuntamente Expropiado por la trama de Corrupción PRETORIA.
3.- TERCER: En fecha 24 de febrero de 2009, el tribunal Superior de Justicia de Cataluña remitió traslado de una queja idéntica presentada ante dicho organismo, según acuerdo de las diligencias 58/2009 ¿Qué puede hacer, y que debe hacer un indefenso ciudadano, sin conocimiento de leyes, cuando se percata del engaño de haber sido vendido a la parte contraria, y su intuición le lleva a entrar documentación en todos los sitios posibles, para que no se le pasen los plazos legales. Sin encontrar abogados en Barcelona, que no tengan miedo al Poderoso entramado, del que hemos podido ver un poquito por hacerse publica la investigación del Caso Pretoria.
4.- CUART: en fecha 23 de marzo de 2009,... misma repuesta que la anterior (tampoco se nada de mecánica de coches).
5.- CINQUÈ: en fecha 3 de abrirl de 2009 ,..... Si el Letrado Eduardo Moreno Ibáñez, anterior letrado que también actuó favoreciendo a la parte contraria, no queriendo denunciar por escrito en el Juzgado Contencioso-Administrativo 12, Barcelona, autos: 358/2003 Sección 1ª; el defecto de forma de que todo el proceso se había hecho, se seguía haciendo, y se siguió realizando en el Futuro (en los manifiestos entrados por la parte contraría, siguen haciendo valer las actuaciones sobre un local distinto del mío D - 2); este error de forma, es vital para todo el proceso, pues aparte de no haberme podido informar de las resoluciones adoptadas, la valoración institucional nunca podrá coincidir con la mía, realizada sobre el local verdadero, pues la que me quieren imponer, de otro local que no es el mío, pero que es contiguo y menos de la mitad de metros cuadrados, que el verdaderamente mío, como pude hacer ver a la secretaria Judicial el 5-2-04 (D - 3). Este Letrado E. Moreno, no se presenta, ni en este intento de posesión, ni en el que tendrá lugar el 26-2-04, habiéndome manifestado ya, que su relación personal con la parte contraria, le impedía seguir con mi caso, (conocía a Rosa Fornas desde niña).
Me presentan a Pibernat advocats, en Santa Colama de Gramanet, con una aureola de corrupción en Barcelona, que es mejor coger este apartado gabinete, que me presentan: como pioneros en la lucha por la democracia, pero que tengo que mantener en secreto que este gabinete me lleva el caso, para que no los coaccionen, etc. Por lo demás firmo unos poderes Notariales, para que puedan actuar en mi nombre, diciéndome que con este poder que les he otorgado, no me tengo que preocupar de nada hasta el día del Juicio ¿Final?. Yo no entre los escritos en el TSJC, fue E. Moreno, ¿No se podía haber cogido otro camino para resolver mi caso?
Se manifiesta que la actuación de Pibernat advocats, se ciñó a la línea de defensa ya iniciada, Entonces: ¿por qué no presentaron el D - 4, que me hicieron firmar por cuadriplicado, para que no desconfiase, de cómo me debían de defender?
6.- SISCÈ: En fecha 24 de abril, en este punto puede que no respondiese con coherencia, y no aportase al ICAB, todos los documentos que aporte a Pibernat Advocats, que sumarian mas de 100, y mas de 300 hojas, lo podéis comprobar en: http://mobbing-inmobiliario.blogspot.com/ ; blog que he creado para poder transportar los documentos a requerimiento de los distintos Abogados que voy consultando.
7.- SETÈ: En fecha 11 de mayo de 2009,...... y mas que tenían que haber llegado, pues creo que prácticamente solo me ha quedado por pedir Ayuda el Papa, ¿Una persona indefensa, incapacitada en la compresión de la deficiente lectura, con incapacidad de la expresión escrita, etc, no puede tener Justicia, por los Ilustrados responsables de estas? .
9.- VUITÈ: En fecha 18 de mayo de 2009 la Letrada Sra. Pibernat remitió a la Comisión de Deontología copia de la demanda interpuesta en fecha 31 de enero de 2005, de la cual la única copia que me aportaron a mi es el escrito que en teoría presentarían en el TSJC, sin entregarme, ni enseñarme, este escrito con el sello de entrada. (buena defensa para la parte contraria presentar un solo escrito, sin recurrir nada, ¿esta es la forma de hacer su trabajo?,...)
9.- NUEVÈ: En fecha 4 de junio de 2009, lo siento pero me es imposible que un abogado me ayude a denunciar a la Secretaria de la Junta de Gobierno del ICAB, supongo que peor no lo podría haber hecho, y mas con la soga que me pongo al cuello, con la forma de empezar el escrito.
10.- DEUÈ: -Que la pérdida de plazos: todos, por esta razón me han conducido a esta situación.
- prescripción de las acciones: ejemplo mas claro que el de la Sentencia 818 RO 1215/2003.
- Procedimiento inadecuado: ¿cómo pueden calificar ustedes, el no presentar ninguna prueba de la acusación, y omitir el defecto de forma, que silenciado favorece a la parte contraria?
- Ausencia de prueba imputable al letrado: en el escrito presentado por la parte contraria (D - 2) se puede ver claramente, como la parte contraria, ha ejercido, y sigue ejerciendo actuaciones contra un local que no es el mío.
- Por favor quitaros la venda de los ojos.
Per això,
SOL.LICITO
Barcelona, 17 novembre de 2.009